Categoría: Responsabilidad Social Corporativa

¡¡Feliz Navidad!! ¡¡Feliz año 2022!!

El dinero de tu sociedad no es tuyo

money-2180338_1920.jpg

Ser socio de una empresa no te permite disponer de su dinero cuando desees, aunque sea de tu propiedad.

Los autónomos societarios deben conocer la diferencia entre patrimonio personal y patrimonio de la sociedad. El hecho de tener tu propia Sociedad Limitada para desarrollar tu profesión no significa que puedas disponer libremente del dinero que facturas. Aunque, teóricamente, pueda parecer tu dinero, legalmente, no es de tu propiedad.

Las dudas surgen, principalmente, en el momento de querer disponer del dinero con que esa persona cuenta en dicha sociedad. Aunque sea un integrante activo, o incluso si fuese el propietario del 100%, existe una serie de normas que debe acatar. Antes de eso, vamos a aclarar las diferencias:

El patrimonio personal se define como el conjunto de bienes y cuentas que posee una persona a título personal, aquí se incluye una serie de derechos, pero también de obligaciones. Es el único dueño de un patrimonio, y puede disponer de éste de manera inmediata.

En cambio, el patrimonio de la sociedad mercantil está formada por un conjunto de bienes que vienen con derechos y obligaciones para un grupo de socios. Este patrimonio societario permitirá la explotación del sector para lo que fue diseñada.

Al momento constitutivo de este patrimonio, además, coincide con el capital social. No obstante, según los resultados de ganancias o pérdidas el capital puede ser superior o inferior, según corresponda.

Cómo acceder al patrimonio societario

Si queremos retirar dinero del patrimonio de la sociedad hay que ser conscientes de que existen tres opciones.

La primera de ellas es el reparto de dividendos, que se deberá de aprobar siempre por Junta General. Este reparto será proporcional con la participación que cada integrante tenga en la sociedad. Cada socio deberá de declarar el reparto de dividendos como rendimientos de capital mobiliario.

Por otro lado, la reducción de capital, que se produce cuando la Asamblea del Patrimonio de la sociedad estima que el capital de los socios es demasiado alto y ha alcanzado un acuerdo al respecto, por lo que se reduce con la devolución de las aportaciones.

La tercera vía es la cuota de liquidación, con la que la Asamblea del Patrimonio social decide que es el momento de disolver la sociedad, y para ello deberá liquidar previamente todos los pasivos.

Artículo “El dinero de tu Sociedad no es tuyo. Cómo acceder a él legalmente” publicado en el diario Cinco Días con fecha del 6 de junio de 2019 por J.A. Vega Ortega

Por qué nos alegramos de que la declaración de la Renta nos salga a devolver

 

abacus-1069213_1920

 

Siempre he pensado, y defendido, que todos aquellos que se alegran de que la declaración de la renta les salga a devolver no saben realmente de lo que se están alegrando. Si todos llegásemos a comprender que esa devolución es el resultado de haber pagado a Hacienda nuestros impuestos, en exceso y por adelantado, creo que mucha gente empezaría a cambiar de opinión.

El pasado de marzo,  Alejandro Nieto González publicó de manera muy simple y entendible en el Blog Salmón un artículo que va sobre éste tema. Como entendemos que está muy bien explicado, transcribimos literalmente el artículo, y por supuesto, su autoría:

Renta 2018: lo que de verdad importa no es si sale a pagar o devolver

Queda poco para la campaña de la Renta 2018. Mañana Hacienda comunica a los trabajadores los datos que tiene y el 2 de abril se abre el periodo para presentar las declaraciones, que acabará el 1 de junio. Y la mayoría de la gente prefiere que le salga a devolver.

Sin embargo, lo importante de la declaración no es que salga a pagar o devolver. Esto es una anécdota. Lo realmente importante es el contenido de la casilla 557, que indica lo que realmente se ha pagado a Hacienda.

Pero, ¿qué es la declaración de la renta?

La declaración de la renta es simplemente un cálculo de los impuestos que se deben pagar al Estado (tanto a la administración central como a la Comunidad Autónoma) por los ingresos obtenidos el año anterior, en concepto de IRPF. (…)

En dicha declaración se contemplan todos los ingresos, las deducciones y desgravaciones a las que se tienen derechos y sale un número mágico en la casilla 557, que es lo que se tiene que pagar.

Eso sí, como resulta que ya se han adelantado unas cantidades en concepto de retenciones de las nóminas y por los rendimientos del capital, a lo que se debería haber pagado hay que restarle lo que realmente se pagó (casilla 569). Si se retuvo de más, la declaración sale a devolver, si se retuvo de menos, a pagar.

He simplificado la explicación porque es cierto que las deducciones se aplican después de hacer la resta y realmente lo que hay que pagar sale en la casilla 620. Realmente la declaración es bastante enrevesada, parece que no quieren que la gente sepa lo que paga de impuestos, pero por regla general se puede decir que lo que aparece en la casilla 557 es lo que se paga.

Entonces, ¿mejor a devolver?

La mayoría de la gente suele alegrarse por una declaración negativa. Esto significa que el Estado devuelve dinero, un dinero inesperado y que por tanto genera alegría. Sin embargo, si se profundiza en las razones de esta devolución, la alegría no debería ser tal.

Que una declaración salga a devolver significa que el Estado retuvo dinero de más. Y no solo eso, sino que además tiene todo el año siguiente para devolver dichas cantidades retenidas en exceso sin necesidad de pagar intereses. Podrían efectuar la devolución en diciembre de 2019, un año más tarde, sin ninguna penalización.

En cambio, si sale a pagar en realidad es el contribuyente quien ha pagado de menos y puede afrontar el pago del resto de impuestos en dos plazos (junio y noviembre) sin tener que pagar intereses.

Personalmente prefiero tener el dinero en mi bolsillo y pagar en dos plazos el impuesto de forma controlada que descubrir que me deben dinero y no saber exactamente cuándo me lo pagarán.

Ahora bien, la psicología manda y la mayoría de la gente prefiere recibir un dinero inesperado (aunque sea consecuencia de una retención excesiva) que tener que pagar. Lo mismo ocurre con las pagas extraordinarias, realmente la empresa retiene dinero de todas las nóminas para luego realizar estas pagas, pero a la mayoría de los trabajadores les gusta.

Artículo publicado el 14 de marzo de 2019 en https://www.elblogsalmon.com/economia-domestica/renta-2018-que-verdad-importa-no-sale-a-pagar-devolver

La responsabilidad social corporativa

Responsabilidad Social Corporativa

No hace mucho tiempo leí del presidente de una gran empresa qué, “La RSC no es un truco de marketing usado para decorar la apariencia de una Compañía. Debe verse reflejada en la cultura del día a día que impregna a toda una plantilla”. Y esto es porque el conjunto de los valores que promueven las acciones de la RSC deben ser apoyados por todos los integrantes de una organización y no suponer algo impuesto por la dirección.

La Responsabilidad Social Corporativa es la forma en que las empresas, mediante el desarrollo de su actividad, impactan sobre el entorno que les rodea: clientes, proveedores, empleados, accionistas, usuarios, medioambiente y en general, sobre toda la sociedad, cumpliendo rigurosamente por un lado con la legislación establecida, y por otro, realizando acciones voluntarias para mejorar la calidad de vida de sus empleados, de las comunidades en las que opera y de la sociedad en su general.

Responsabilidad Social Corporativa  es, desde un punto de vista empresarial, la gestión responsable de las empresas vista desde un componente ético, y lo aplican aquellas  compañías que quieren combinan la actividad empresarial basada en la rentabilidad, con actuaciones éticas, el cumpliendo la Ley y el desarrollo sostenible de sus acciones.

Según el Observatorio de la Responsabilidad Social Corporativa, los 5 principios que deben regirla son:

  • El cumplimiento de la legislación.
  • Su carácter global: Afecta a todas las áreas de negocio de una empresa y de sus participadas, y a todas las áreas geográficas donde se desarrolla la actividad.
  • Comporta compromisos éticos objetivos que se convierten en obligación para quien los contrae.
  • Se manifiesta en los impactos que genera la actividad empresarial en el ámbito social, medioambiental y económico.
  • Se orienta a la satisfacción e información de las expectativas y necesidades de los grupos de interés.

Como conclusión, la Responsabilidad Social Corporativa es una herramienta que sirve para aminorar los impactos negativos que las empresas causan sobre su entorno y debe, así mismo, maximizar todos aquellos aspectos que son positivos. Es en definitiva, tal y como la describe la Comisión Europea, “la responsabilidad de las empresas por sus impactos en la sociedad”.